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Arbolado Urbano
En Bariloche, no sólo disponemos de un entorno natural boscoso que nos ayuda a valorar a estas especies, sino que también contamos con árboles en el ámbito urbano: desde los que cada vecino planta en su jardín, hasta los que colocamos en las veredas, pasando por aquellos que se encuentran en espacios verdes dentro del ejido municipal.
Para cuidarlos y preservarlos, es importante que conozcamos las normas que regulan el arbolado urbano, y también cuáles son los roles de quienes son parte de la comunidad: qué es tarea del Municipio, cuál es la jurisdicción de otros organismos (Dirección Provincial de Bosques, CEB, SPLIF) y cuál es el rol que nos cabe a cada uno de los vecinos de Bariloche.
Los beneficios de los árboles urbanos
- Capturan contaminantes atmosféricos
- Absorben el ruido urbano
- Ayudan a retener el agua en el suelo
- Interfieren las precipitaciones y facilita la infiltración de las lluvias, atenuando inundaciones y erosión
- Regulan el clima local
- Brindan un hábitat para distintas especies animales y vegetales
- Reducen y desvían el viento
- Contribuyen a la higiene local
- Mejoran el paisaje
- Contribuyen a dar estructura a los espacios
- Generan condiciones favorables para la recreación
- Reducen las actitudes violentas
- Las masas de árboles atenúan el efecto invernadero capturando CO2
- Entregan O2 a la atmósfera
- Alivian el dolor y facilitan la recuperación de los enfermos
- Producen madera y materia prima para compost
- Facilitan el contacto social entre las personas
- Conservación de la energía evitando calentamiento y enfriamiento
- Producen semillas
- Crean sentimientos de relajación y bienestar
- Proveen privacidad, sensación de recogimiento y seguridad
- Un bosque urbano bien administrado contribuye al sentimiento de orgullo de comunidad y de propiedad
- Protegen la piel del humano de los rayos ultravioleta emitidos por el sol, y magnificados por la debilitación de la capa de ozono
- Filtran el polvo de la atmósfera
- En zonas vulnerables pueden producir alimentos
¿Qué dicen las normas?
En nuestra ciudad hay 9 normas distintas (más sus respectivas modificaciones) que tienen injerencia sobre el arbolado urbano, cuyas promulgaciones datan de un amplio período de tiempo, desde 1977 hasta 2016:
Resolución Nº 118-I-77
Resolución Nº 205-I-79
Ordenanza Nº 358-CM-1994
Ordenanza Nº 1019-CM-2000
Ordenanza N° 1221-CM-2002
Ordenanza N° 1417-CM-2004
Ordenanza N° 2319-CM-2012
Ordenanza N° 2706-CM-2015 (y anexo)
Ordenanza Nº 2736-CM-2016
(Para más información, consultar en www.digestobariloche.gov.ar)
De acuerdo a todo este conjunto de normativa, es la Municipalidad la que regula lo que corresponde al espacio público: las calles, las veredas, los espacios verdes, las reservas municipales. Pero a su vez hay varios actores que intervienen en el cuidado, la regulación y la protección de nuestros árboles y bosques. La Dirección Provincial de Bosques es quien regula y otorga permisos de tala, podas y raleos en propiedades privadas (aunque no es quien ejecuta las tareas). El Servicio de Prevención y Lucha contra Incendios Forestales (SPLIF) es, además de un órgano de respuesta inmediata ante incendios, el responsable de otorgar permisos de quema.
Hay casos más complejos, con jurisdicciones muy específicas. Tal es el caso de las podas preventivas: la Cooperativa de Electricidad Bariloche (CEB) es quien puede realizar podas en la vía pública si afectan a las líneas de alta tensión; si las especies afectan a las líneas de media tensión, la poda es realizada por la Municipalidad. Y si los árboles están dentro de un predio privado, es el propietario quien debe llevarla a cabo. Lo mismo sucede con otros servicios públicos que puedan estar afectados, casos en los que cada prestador o empresa debe actuar para garantizar la calidad y continuidad de su servicio.
Dentro de la Municipalidad, es la Subsecretaría de Espacios Públicos (antes llamada Dirección de Parques y Jardines) la que puede ejecutar y autorizar a terceros tareas de plantación, podas culturales y erradicación del arbolado público; realizar poda, fertilización, despunte, raleo, corte de raíces, plantaciones, sanidad; evitar que por propia iniciativa se tomen medidas de cuidado, sin la debida autorización y asegurar que cualquier intervención que se realice sobre el arbolado público requiera de una justificación sustentada técnicamente.
¿Me toca a mí o a la Muni?
Cada rol implica una responsabilidad sobre cómo podemos contribuir al cuidado del arbolado urbano, ya sea a través de nuestras acciones, o bien solicitando al Municipio u otros actores que actúen cuando sea necesario. Por eso, te contamos aquí qué está permitido y qué no, y quién debe realizar cada tarea.
RESPONSABILIDADES DEL MUNICIPIO
- Prohibir a toda persona física o jurídica efectuar cortes, despuntes, talas, podas o erradicaciones del arbolado público, sin contar con autorización municipal previa
- Fijar sanciones para incumplimientos y para “el mutilado”: todo corte de ramaje que exceda lo definible como poda
- Retirar árboles de la vía pública previa evaluación y autorización de la Dirección Provincial de Bosques
- En casos especiales, de arboledas o árboles distintivos o considerados patrimonio histórico o cultural, según dictamine la autoridad de aplicación, se podrá convocar a los miembros de la Comisión Interinstitucional de Forestación Urbana
- Recolectar residuos forestales, con el costo estipulado según la Resolución Nº 23-I-2020
- Transmitir las denuncias de los vecinos a las empresas prestatarias de servicios públicos que vean afectadas sus líneas de conductores por el arbolado público, serán las encargadas de efectuar los trabajos de poda, corte de raíces o extracción, ya sea con medios propios o contratados, previo informe técnico y supervisión del Municipio
RESPONSABILIDADES DEL VECINO
- Solicitar autorización ANTES de podar/cortar/talar cualquier tipo de árbol que esté en el espacio público
- Solicitar formalmente la autorización para realizar actividades que puedan, en forma inmediata o futura, afectar el crecimiento o desarrollo del arbolado público (esto también incluye el plantado de árboles en espacios públicos como veredas, plazas y otros espacios verdes)
- Solicitar autorización de evaluación a la Dirección Provincial de Bosques (Delegación Bariloche) antes de retirar un árbol de la propiedad privada
- Informar a la CEB si hay árboles o ramas que representen un peligro para el tendido eléctrico
- Solicitar permiso de quema ante el SPLIF
- Solicitar la recolección de residuos forestales a la Delegación Municipal que corresponde a su zona: este servicio TIENE COSTO y deberá ser informado por la Delegación al momento de solicitar el servicio
- Denunciar microbasurales y depósito de residuos en la vía pública, llamando a la línea gratuita 103 de Protección Civil
¿Qué puedo y no puedo hacer como vecino?
LOS VECINOS NO PUEDEN
- Talar árboles autóctonos y foráneos de cualquier tamaño y edad, incluso renovales. Sólo se podrán cortar los que representen un peligro por su debilidad, previa autorización de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos Municipal
- Abatir árboles para realizar construcciones: la arquitectura en áreas boscosas debe adaptarse al entorno natural
- Abatir árboles de su propiedad privada sin la evaluación y autorización de la Dirección de Bosques de la Provincia (Delegación Bariloche). Una vez que se obtiene la autorización la tarea depende del privado
- Fijar en el arbolado público todo elemento extraño, como clavos, alambres, cuerdas, hierros, parlantes, artefactos eléctricos, letreros, señales, avisos, cruza calles, etc.
LOS VECINOS SI PUEDEN
- Podar y/o apear los árboles que estén dentro de su propiedad, solicitando autorización cuando corresponda
- Los presidentes de las Juntas Vecinales podrán gestionar ante la Secretaría de Obras y Servicios Públicos o ante quien se encuentre en ese momento como Autoridad de Aplicación, la limpieza de sectores de los barrios donde se hayan arrojado o depositado residuos, quedando dicha tarea bajo la responsabilidad de la Autoridad de Aplicación
Cómo contactarte y realizar solicitudes
Todo trámite de solicitud de corte, poda, desrame y/o extracción del arbolado público deberá ser iniciado ante la Subsecretaría de Espacios Públicos (de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos municipal), la Dirección Provincial de Bosques o ante la Delegación Municipal que corresponda a tu zona:
Subsecretaría de Espacios Públicos municipal:
Correo electrónico: parquesyjardinesmscb@bariloche.gov.ar
Teléfono: (0294) 440-0051
Dirección Provincial de Bosques (Delegación Bariloche):
Teléfono: (0294) 443-6022
Dirección de Juntas Vecinales municipal:
Teléfono: (294) (15) 463-5728
Delegación Municipal Cerro Otto:
Correo electrónico: delegacioncerrootto@bariloche.gov.ar
Teléfono: (294) (15) 466-0621
Delegación Municipal Lago Moreno:
Correo electrónico: delegacionlagomoreno@bariloche.gov.ar
Teléfono: (294) (15) 463-4646
Delegación Municipal Cerro Catedral:
Correo electrónico: delegacioncatedralmscb@bariloche.gov.ar
Teléfono: (294) (15) 466-0628
Delegación Municipal El Cóndor:
Correo electrónico: condordelegacion@gmail.com
Teléfono: (0294) 442-3135
Delegación Municipal Sur:
Correo electrónico: delegacionsurmscb@bariloche.gov.ar
Teléfono: (0294) 440-0068