VISTO: la Ordenanza 2637-CM-15 y Actas de Acuerdo con las cooperativas de trabajo de Estacionamiento Medido, y;
CONSIDERANDO:
que la Ordenanza 2409-CM-13 crea el programa de inclusión social, autorizando al Departamento Ejecutivo a suscribir convenios de trabajo con instituciones, fundaciones y cooperativas de trabajo;
que la Ordenanza 2637-CM-15 fue modificada por la Ordenanza 2952-CM-18 y las Actas Acuerdo con fecha Septiembre 2018 con número de Resolución 3371-I-2018 ;
que las cooperativas de trabajo que integran el sistema contaban con un subsidio brindado por el Gobierno Nacional;
que el día 31 de Julio de 2018 caducaron los subsidios otorgados por el Ministerio de Trabajo de la Nación a las cooperativas de trabajo que componen el estacionamiento medido, sin la posibilidad de ser renovados;
que los organismos que prestan servicios en el programa mencionado son: ,
que gracias a la posibilidad laboral que brinda el estacionamiento medido se puede promover en forma integral el desarrollo humano y comunitario de sus habitantes, posibilitando el acceso a una mejor calidad de vida, fomentando el progreso económico con justicia social, como así también debe promover la reconversión de la mano de obra;
que los salarios de quienes trabajan en las cooperativas equivalen al salario mínimo vital y móvil, siendo el día de hoy de $10.000,00 (pesos diez mil);
que en vista de la situación económica y social que atraviesa nuestro país la quita de un subsidio afecta de manera negativa el ingreso que percibe un trabajador;
que la Ordenanza 1993-CM-13 reglamenta y autoriza al ejecutivo el otorgamiento de subsidios no reintegrables;
que por ello y en uso de las atribuciones conferidas por el Art. 51º de la Carta Orgánica Municipal;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILOCHE
RESUELVE
ARTICULADO:
AUTORIZAR: a la Dirección de Contaduría General dependiente de la Secretaria de Hacienda, a emitir, orden de pago total por PESOS CUATROCIENTOS VEINTINUEVE MIL ($ 429.000) en concepto de SUBSIDIOS NOS REINTEGRABLES (Ordenanza 1993-CM-13) a percibir durante el mes de Septiembre de 2018, a los efectos de repartir el importe mencionado según la cantidad de operadores que posee cada cooperativa de trabajo, quedando distribuido de la siguiente manera: 26 operadores, monto asignado: PESOS SETENTA Y OCHO MIL ($78.000), 30 operadores, monto asignado: PESOS NOVENTA MIL ($90.000), 27 operadores, monto asignado: PESOS OCHENTA Y UN MIL ($81.000) 28 operadores, monto asignado: PESOS OCHENTA Y CUATRO MIL ($84.000), 32 operadores, monto asignado: PESOS NOVENTA Y SEIS MIL ($ 96.000);
IMPUTAR:a Partida Presupuestaria Nº Programa .
La presente Resolución será refrendada por el Jefe de Gabinete y Directora General de Políticas Tributarias..
Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archívese.
SAN CARLOS DE BARILOCHE, 2 de octubre de 2018.-
BARONI, LILIAN ELIZABETH[Directora Gral. de Polticas Tributarias] GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE[Intendente Municipal] BARBERIS, MARCOS GUILLERMO[Jefe de Gabinete]
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