VISTO: el Expte. Nº 5594-A-2017-OMIDUC-ANTIMILLA JORGE HILARIO C/ TODO RUEDAS MOTOS -ROBERTO CARLOS MUZZILLO ., y;
CONSIDERANDO:
que de acuerdo al Expte. Nº 5594-A-2017, caratulado: ANTIMILLA JORGE HILARIO C/ TODO RUEDAS MOTOS -ROBERTO CARLOS MUZZILLO , se presentó denuncia Nº 1033/2017, amparándose en la Ley 24240 y Ley Provincial R.N. 2817 Defensa al Consumidor;
que de acuerdo a la Ley Provincial R.N Nº 4139, Resolución MSCB Nº 2776-I-2009 y Resolución Nº 3330-I-2009 Procedimientos Administrativos del O.M.I.D.U.C, se llevó a cabo la Audiencia de Conciliación entre partes;
que de acuerdo al Decreto Provincial R.N. 651/05 Convenio de Delegación de Facultades Defensa del Consumidor Punto Segundo Inciso 5, el Sr. Intendente Municipal Homologará los Acuerdos en Audiencias de Conciliación;
que por ello y en uso de las atribuciones conferidas por el Art. 51º de la Carta Orgánica Municipal;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILOCHE
RESUELVE
ARTICULADO:
HOMOLOGAR: el Acta-Acuerdo del Expte. Nº 5594-A-2017..." A la Audiencia espontanea señalada para hoy, 05 de Enero del 2018 , a las 09,33 , en autos caratulados “ ANTIMILLA JORGE HILARIO C/TODO RUEDAS MOTOS -ROBERTO CARLOS MUZZILLO) , por la parte reclamante se presenta el Sr Antimilla Jorge Hilario DNI N 29,177,844 , con domicilio en calle Nuestras Malvinas N 742 Ba. Malvinas de San Carlos de Bariloche RN , por parte del proveedor Firma: TODO RUEDAS , se presenta FERAUD Gabriel Nicolas DNI N 14,769,676 ,invoca gestión en representación del Sr Roberto Carlos Muzzillo DNI N 20,718,200 acreditando ante la autoridad competente poder suficiente , constituyendo domicilio Onelli 1315 de San Carlos de Bariloche RN .A continuación la parte reclamante rectifica su reclamo y pretensión de fjs 01 a fjs 02 de autos. El representante del proveedor sin reconocer hechos ni derechos a los solos fines conciliatorios , ofrece y hace entrega en este acto de las sumas de $ 39.000 (treinta nueve mil pesos ) . Sirviendo el acta de suficiente recibo de entrega de los valores enunciados . Treinta nueve mil pesos a la parte reclamante . La parte reclamante acepta lo ofrecido por el proveedor denunciando y hace entrega en este acto de la documentación requerida por el proveedor ( Recibo de pago y Nota de Pedido) . Se exhibe en este acto original recibo N 736/730 y solicitud de reserva que se entrega al proveedor denunciado en autos. Se tiene por celebrado acuerdo conciliatorio, procediéndose a su homologación y posterior archivo .Sin tener nada mas que agregar, se cierra esta Audiencia previa lectura, ratificación y firma del acta.
NOTIFICAR: a las partes de lo reglamentado en la Resolución MSCB Nº 2776-I-2009 Art.4.3º ..." En caso de incumplimiento el denunciante tendrá expedita la vía judicial".
La presente Resolución será refrendada por el Jefe de Gabinete.
Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archívese.
SAN CARLOS DE BARILOCHE,23 de enero de 2018.
GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE[Intendente Municipal] BARBERIS, MARCOS GUILLERMO[Jefe de Gabinete]
Avanzan a buen ritmo las obras del nuevo puente vehicular y peatonal que se realiza con fondos del Plan Castello. También se continúa con el hormigonado de Namuncurá que avanzará hasta la intersección con la calle Colonia.
Durante los próximos días se distribuirán más de 5.000 bolsas reutilizables entre quienes disfruten las playas de la ciudad. Se trata de una campaña de concientización para que los vecinos puedan llevar sus residuos y así mantener el estado de las costas.