VISTO: Las Actas de Directorio 81y 82-IMTVHS-2015, la Resolución 260-IMTVHS-2015 y 016-IMTVHS-2016 CONSIDERANDO: Que, el Instituto Municipal de Tierra y Vivienda para el Habitat Social, viene ejecutando el Programa de Microcréditos para el Mejoramiento de la Vivienda. Que, para ello se destinarán, ajustado a lo dispuesto por los artículos s. 5º) inc. A y 11) inc. b) de la Ordenanza Nro. 1815-CM-08 (t.o. Ordenanza Nº 2070-CM-.2010;), los fondos necesarios para la implementación del Programa de Microcréditos y del Subprograma de Emergencia habiatcional. Que, el microcrédito es una herramienta que brindará el Instituto Municipal de Tierra y Vivienda para el Habitat Social, destinado a vecinos que necesitan fondos para adquirir materiales, destinado al mejoramiento de sus viviendas. Que, el programa está especialmente destinado para aquellos que no cuentan con garantías patrimoniales o no reúnen las condiciones para acceder a créditos bancarios tradicionales, quedando fuera del sistema. Que, por otro lado, es una realidad claramente observable, que muchas familias se encuentran en una situación de emergencia habitacional, afectadas además por problemáticas sociales complejas e interrelacionadas, que les dificultan por un lado, participar en una metodología estricta como la del microcrédito y por otro, en las instancias grupales y comunitarias que prevé la estrategia descripta. Asimismo estas familias, necesitan una respuesta inmediata, motivo por el cual es necesaria la creación de un subprograma, que atienda esta problemática específica. Que la Sra. Marinao Julia Elena, reúne el pérfil definido en el párrafo anterior, ya que necesita en forma urgente modificar el lugar de implantación de su vivienda, lo que requiere la adecuación de ésta última; Que se ha determinado que el mejor instrumento para facilitar el acceso a la solución habitacional que necesita este grupo familiar, es un crédito individual que la solicitante devolvera en 5 cuotas iguales y consecutivas de acuerdo al plan de pago a realizar en el Departamento Contable y con el interés del 15% anual, mediante el sistema francés; Que a la Sra. Marinao Julia Elena, mediante un informe Social, determinado por el Area Territorial, se le subsidia el 70% del prestamo de los $7.000,00 (Pesos siete mil con 00/100) a entregar. Que uso de las facultades conferidas por el artìculo 2 de la Ordenanza Nro. 1815-CM-08 (t.o. Ordenanza Nº 2070-CM-.2010); El Directorio del Insituto Municipal de Tierra y Vivienda para el Hábitat Social RESUELVE Artìculo 1º: Autorizar al Area al Departamento Contable a emitir la OP a nombre de: - Marinao Julia Elena, DNI: 31.515.612. Importe Solicitado $7.000,00 (Pesos siete mil con 00/100) en concepto de crédito Individual, el cual se subsidiara el 70% y el resto a devolver en 5 cuotas. Artículo 2°: La presente resolución será refrendada por la Sra. Presidente, Vicepresidente y/o Vocal. Artículo 3°: Imputar el porcentaje subsidiado a la partida presupuestaria 0110000614007 (Subsidios y Ayudas) y el resto ($2.800,00 Pesos dos mil ochocientos con 00/100) a la partida presupuestaria 01100000614002 (Mejoramiento habitacional con microcrédito). Artículo 4°: Comuníquese. Publíquese. Registrase. Cumplido. Archívese. San Carlos de Bariloche, 20/09/2016
ZANNONI LAURA INES
Presidente
I.M.T.V.H.S
Municipalidad de S. C. de Bariloche
ROXANA VALERIA HERNANDEZ
Vicepresidente Instituto Municipal de Tierras
y Viviendas para el Habitat Social
Municipalidad de S. C. de Bariloche
Ing. ALFREDO FRANCISCO MILANO
Vocal Ad Honorem Instituto Municipal de Tierras
y Viviendas para el Habitat Social
Municipalidad de S. C. de Bariloche
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