que San Carlos de Bariloche participa de dicho programa junto a diferentes ciudades del país;
que entre las propuestas presentadas, el área de Cultura tiene un papel activo junto con las Secretaría de Turismo y Producción y Secretaría de Planeamiento;
que el día 5/1/17 se realizó una reunión conjunta de éstas para aunar criterio y acciones para el año 2017;
que lo extensa de la misma ameritó la provisión de un refrigerio;
que por lo expuesto, se deberá abonar a el importe de pesos cuatrocientos nueve con noventa y dos centavos ($ 409,92) según factura B 0026-00000888 de fecha 06/01/2017; en concepto de sandwiches;
que se debe autorizar a la Dirección de Contaduría General a emitir la orden de pago respectiva;
que ante la eventualidad que el proveedor registre deudas por cualquier concepto frente al municipio al momento del cobro de las sumas que se reconocen en la presente Resolución, resultando pertinente para la cancelación de la misma el instituto de la compensación de deuda normado por el Art. 921 del Código Civil y Art. 20 de la Ordenanza Nº 2374-CM-12, autorízase a la Dirección de Tesorería a proceder en consecuencia;
que por ello y en uso de las atribuciones conferidas por el Art. 51º) de la Carta Orgánica Municipal;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILOCHE
RESUELVE
ARTICULADO:
AUTORIZAR: a la Dirección de Contaduría General, dependiente de la Secretaría de Hacienda a emitir orden de pago en beneficio del contribuyente por la suma de pesos cuatrocientos nueve con noventa y dos centavos ($ 409,92) correspondiente a la factura B Nº 0026-00000888 de fecha 06/01/2017, en concepto de sandwiches para la reunión de Ciudades Creativas.
HACER SABER: que de acuerdo a los registros e informes del Departamento Tributario, el proveedor adeuda al Municipio los períodos diciembre del 2016 de Tasa de Seguridad e Higiene, hasta alcanzar la suma de pesos tres mil treinta ($3.030,00), conforme cedulón.
AUTORIZAR: a la Dirección de Tesorería a compensar las sumas adeudadas por el provededor en concepto de Tasa de Seguridad e Higiene detalladas en el Artículo 2º con las sumas que el Municipio le adeuda, correspondiendo retener de los montos a pagar lo adeudado por el contribuyente en concepto de tasa de seguridad e higiene.
IMPUTAR: a la Partida Presupuestaria Nº
La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Desarrollo Social, Deportivo y Cultural, Secretario de Hacienda y Jefe de Gabinete.
Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archívese.
SAN CARLOS DE BARILOCHE, 6 de marzo de 2017.-
CHAMATROPULOS, PABLO[Jefe de Gabinete a/c Despacho Intendencia] GOMIS, ARIEL SILVIO[Secretario de Hacienda] SANCHEZ Y PUENTE, CARLOS MARIA[Secretario Des. Social, Dep. y Cultural]
El intendente Gustavo Gennuso firmó la resolución que establece la gratuidad del boleto para los estudiantes de escuelas públicas. Su uso no tendrá restricciones horarias y se asignarán hasta 84 pasajes mensuales.
El Intendente Municipal completó el acto por el cual el municipio escrituró el predio en el que se construirá la nueva terminal de ómnibus. Ahora se avanzará en el convenio con el gobierno provincial para la ejecución de obras.