Resolucion 512 / 2013 del IMTVHS ------ Volver a boletin |
Fecha 11/11/2013 Visto: La Ordenanza 1815-CM-08 y sus modificatorias; T.O. 2070-CM-2010; Acta de Solicitud de Trámite 287-IMTVHS-13 del Registro de Demandantes de Soluciones Habitacionales; Certificación de no registrar trámites adjudicación de inmuebles en el Dto. Banco de Tierras de fecha 11/10/2013; Certificación de no registrar inmuebles expedido por la Dirección de Catastro Municipal de fecha 26/09/2013; copias de Documento de Identidad; Recibo de Haberes; Informe Social de fecha 16/09/13 y; Considerando: -Que el IMTVHS posee autarquía administrativa, económica y financiera; -Que los lotes de interés social tienen por fin único y exclusivo satisfacer una necesidad básica como es la vivienda, para familias de extrema necesidad a fin de mejorar la calidad de vida de los vecinos; -Que mediante Ordenanza 1594-CM-2006 se crea el Banco de Tierras Municipal y por Resolución 1412-I-2010 se transfiere al IMTVHS su gestión; -Que desde el mes de febrero del 2008 funciona ante este Instituto el del Registro de Demandantes de Soluciones Habitacionales, concentrando en él las demandas de inmuebles sociales que posee nuestra ciudad; -Que si además se tiene en cuenta que existe un importante déficit de tierras, tanto públicas como privadas, en especial para los sectores de bajos recursos, se hace imprescindible continuar con el Programa de Regularización Dominial que lleva adelante este Instituto, a fin de que todas las familias de escasos y regulares recursos que ocupen un lote municipal, tengan su situación dominial en forma tal que les permita el acceso a los servicios públicos; -Que el proceso de regularización requiere como paso previo el otorgamiento por parte del Instituto del acta de pre-adjudicación siempre sujeta a la aprobación por Ordenanza; -Que de los registros obrantes en el Instituto consta que el lote en cuestión identificado con NC 19-2E-603-22 ubicado en el Barrio Arrayanes que fue traspasado a la Municipalidad por la Ley Luelmo, y posteriormente adjudicado por Ordenanza 64-C-1987 a la Sra. HUENELAF JOSEFINA DNI 5.214.010; - Que con fecha 12/09/2013, se presentó ante este Instituto, la Sra. HUENELAF, Josefina DNI 5.214.010, expresando su renuncia como adjudicataria de un lote de dominio municipal denominado catastralmente 19-2-E-603-22 del Bº Arrayanes; -Que ante esta situación, se realizó por parte del Área Social de este Instituto, un informe social de fecha 16/09/2013, constatándose que en dicho inmueble habita el Sr. GONZALEZ CRISTIAN ADRIAN DNI 24.828.672 y la Sra. RIVERA SUSANA LIDIA DNI 18.612.946 desde hace 36 años en calidad de ocupante un lote de dominio municipal; -Que resulta conveniente otorgar la Pre-Adjudicación del mencionado inmueble al Sr. GONZALEZ, Cristian Adrian DNI 24.828.672 y la Sra. RIVERA, Susana Lidia DNI 18.612.946, por cumplimentar con los requisitos sociales para acceder a un lote de interés social; -Que por lo expuesto y en uso de las facultades que le otorga el art. 2 de la Ordenanza 1815-CM-2008, texto ordenando Ordenanza 2070-CM-2010;
El Directorio del Insituto Municipal de Tierra y Vivienda para el Habitat Social Resuelve: Artículo 1°: DEJAR SIN EFECTO la adjudicación de la Sra. HUENELAF JOSEFINA DNI 5.214.010, adjudicado por Ordenanza 64-C-1987, por renuncia del mismo respecto al inmueble identificado catastralmente 19-2E-603-22 del Barrio Arrayanes.- Artículo 2°: PRE-ADJUDICAR el lote identificado con NC 19-2E-603-22 al Sr. GONZÁLEZ CRISTIAN ADRIAN DNI 24.828.672 y a la Sra. RIVERA SUSANA LIDIA DNI 18.612.946, quienes se encuentran habitando dicho lote y por cumplimentar con los requisitos exigidos para acceder a un lote de interes social.- Artículo 3º: EMITIR el acta de pre-adjudicación.- Artículo 4º: CONFECCIONAR el respectivo proyecto de ordenanza para la adjudicación del lote denominado catastralmente 19-2E-603-22 a las personas que se indica en el art.2º.- Artículo 5º: DEJAR CONSTANCIA en el Legajo de Inscripción del Registro de Demandantes de Soluciones Habitacionales, que se ha procedido a dar solución habitacional.- Artículo 6º: La presente resolución será refrendada por el Presidente, Vicepresidente y/o Vocal.- Artículo 7º: Comuníquese .Publíquese. Registrase. Cumplido .Archívese.-
JORGE PAOLINELLI
Presidente
Instituto Municipal de Tierras y
Viviendas por el H?bitat Social
Municipalidad de San C. de Bariloche
ALDO NESTOR PAINEMIL
Vicepresidente
Instituto Municipal de Tierras y
Viviendas por el H?bitat Social
Municipalidad de San C.de Bariloche
Arq. TRIGO MARIEL BEATRIZ
Vocal
Instituto Municipal de Tierras y
Viviendas por el H?bitat Social
Municipalidad de San C. de Bariloche
|
|
Untitled Document
|
|
Más vecinos podrán conectarse a la red de agua |
La Municipalidad firmó este martes (27/8) el acta de recepción provisoria de la obra de agua de Ladera Norte con la empresa constructora SERGAS, a raíz de las gestiones realizadas con el Departamento Provincial de Aguas (DPA). |
|
|
Untitled Document
|
|
|